Sanciones contra robo agravado, ¿se aplican?

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Uno de los tantos asaltos perpetrados por motoasaltantes. / ABC Color
Uno de los tantos asaltos perpetrados por motoasaltantes. / ABC Color

Los artículos 167 y 168 del Código Penal establecen condenas a prisión de entre 5 a 15 años por robo agravado, y de entre 8 a 20 años para quienes maten o causen lesión grave a la víctima. Un diputado dice que esto no se cumple. ¿Qué indica la normativa?

El diputado colorado Dany Durand se reunió este lunes con el juez Alcides Coberta sobre leyes contra delincuentes que no son aplicadas aunque estén vigentes. Específicamente a los artículos 167 y 168 del Código Penal. ¿Qué indican estos artículos?

Artículo 167, robo agravado: 1º cuando el autor robara:

1°, portando, él u otro participante, un arma de fuego; 2°, portando, él u otro participante, un arma u otro instrumento o medio para impedir o vencer la resistencia de otro mediante la fuerza o amenaza con fuerza; 3°. exponiendo, él u otro participante, a un tercero a un peligro presente para la vida o de una lesión grave conforme al artículo 112; o 4°, como miembro de una banda que se ha formado para la realización continuada de robos y hurtos, y con la intervención de otro miembro de la misma, la pena privativa de libertad será de cinco a quince años.

Artículo 168, robo con resultado de muerte o lesión grave:

1º, cuando el autor al realizar un robo causara la muerte de otro, la pena privativa de libertad no será menor de ocho años. 2º, cuando el resultado fuera una lesión grave, la pena privativa de libertad será de ocho a veinte años.

“La ley 1160/97 está escrita y en funcionamiento pero no se aplica. En los artículos 167 y 168, esta robo agravado y robo con resultado de muerte o lesión grave. A nosotros nos preocupa esta inseguridad y hay leyes hechas pero no se aplican”, expuso el legislador según informes de Perla Silguero, periodista de ABC Color.

Mencionó que el magistrado reconoció que hay falencias en la aplicación de leyes. “El miércoles la Cámara de Diputados va instar a jueces y al Poder Judicial a que haga cumplir la ley, porque existen personas que tienen hasta cinco medidas alternativas y se les vuelve a soltar, salen y son reincidentes”.

Afirmó que un trabajo serio para reducir la delincuencia requiere que todos trabajen “en serio”, tanto el Ejecutivo, el Legislativo y Judicial. “Hoy una persona que va a caminar por la calle tiene una sensación de inseguridad tremenda”.

Recordó que también está vigente la ley 1685 que faculta a la Policía Nacional, la Municipal de Tránsito y a la Patrulla Caminera a retener todo vehículo – automóvil o motocicleta – sin chapa. “Entonces si no detectamos a delincuentes con motos sin chapa, si damos medidas sustitutivas que no corresponde, no estamos trabajando como se debe”. Agregó que también se instará a las autoridades a hacer respetar la ley 5016 que obliga a los motociclistas a usar casco y chaleco reflectivo.

Fuente: ABC Color

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