Eligen al nuevo Presidente del Colegio de Abogados de Caaguazú

1106

 

WhatsApp Image 2017-07-22 at 19.44.39

En asamblea general extraordinaria realizado en la tarde de este sábado en el salón auditorio A&P Fiestas de esta ciudad, fue ampliado el Art. 25 del Estatuto Social del Colegio de Abogados de esta ciudad.

Según se desprende del acta de asamblea, los abogados refieren que la comisión directiva que ha fenecido su periodo en diciembre del 2013 se hallaban ausentes en dicho acto. Mediante una nota elevada a la comisión fenecida, solicitando la convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de carácter urgente, no fue contestada, por lo que los socios activos decidieron llamar a asamblea por los diversos medios de comunicación local, tanto radiales, televisivas y por nuestro medio, cumpliendo con los reglamentos para realizar una convocatoria de asamblea.

Luego de la conformación de las autoridades de asamblea, se procedió a analizar la ampliación del Articulo 25 del Estatuto Social del gremio de Abogados de la ciudad de Caaguazú.

El Art. 25 refiere: Los miembros del consejo directivo duraran dos años en sus funciones, pudiendo ser reelectos por un periodo más en forma consecutiva, alternadamente. La votación será libre, directa y secreta de los socios activos que concurran en asamblea y que quedara redactada de la siguiente manera:

«Los miembros del consejo directivo duraran dos años en sus funciones, pudiéndose ser reelecto por un periodo más en forma consecutiva, alternadamente. La votación será libre, directa y secreta de los socios activos que concurran en asamblea con la siguiente ampliación:

a) Los miembros de consejos extraordinariamente podrá estar en sus funciones 6 meses más únicamente en los siguientes casos:

1- Cuando el tribunal electoral independiente llamara a elecciones y no se puede realizar el sufragio por estar pendiente en resolver cuestiones referentes a impugnaciones de candidatos y recusaciones de sus miembros.

2- Cuando el consejo directivo durante la vigencia de su mandato no haya llamado a elecciones para la renovación de autoridades del colegio de abogados, en la forma dispuesta en el Art. 21.

b) Que cumplido los dos años en sus funciones, más los 6 meses de gracia, no se haya realizado las elecciones para la renovación de las autoridades del Colegio de Abogados, asumirá en forma automática como encargado del Colegio, el Presidente del Tribunal Electoral Independiente, si es que se hubieran elegido a los miembros del Tribunal Electoral Independiente en asamblea ordinaria y cuyos mandatos son los únicos que podrán sobrepasar más de 2 años y 6 meses en sus funciones y que fenecerán una vez proclamados a los ganadores de las elecciones del Colegio.

c) Que por lo menos, la 5ta parte de los asociados, podrán solicitar el llamamiento inmediato a una asamblea extraordinaria. Que si los miembros del Colegio de Abogados se rehusaren en convocar la asamblea extraordinaria, la 5ta parte de los socios podrán llamar a asamblea o en su caso podrá solicitar autorización judicial a la autoridad competente, quien ordenara la convocatoria y designara la persona que presidirá la asamblea, en los términos del Art. 107 del Código Civil.

d) Si en el caso que el consejo directivo haya vencido su mandato y que hayan llamado a asamblea ordinaria a los efectos de la conformación del tribunal electoral independiente, los socios activos podrán hacerlo conforme lo dispone el inciso «C», designando por simple mayoría a un encargado del Colegio, hasta tanto se proclame al ganador de las elecciones.

Esta moción fue aprobada por unanimidad por los socios activos del acto asambleario.

Además, en dicha asamblea, se analizó la acefalía de los cargos de la comisión fenecida del Colegio de Abogados y ante tal situación, se mocionó que el Presidente del Tribunal Electoral Independiente asuma como encargado del Colegio de Abogados de esta ciudad, el Abogado Leonardo López García, moción que fue aprobada por unanimidad y aceptada por López, quien ejercerá a partir de la fecha la Presidencia del Colegio de Abogados de la ciudad de Caaguazú, hasta tanto asuma el nuevo Presidente del Colegio elegido en una elección.

LeoLo
El Abogado Leonardo López queda como encargado interino, hasta tanto se elijan a las nuevas autoridades en una elección. / Foto: Facebook
WhatsApp Image 2017-07-22 at 15.47.49 (5)
Gentileza: Colegio de Abogados de Caaguazú
WhatsApp Image 2017-07-22 at 15.47.50 (1)
Gentileza: Colegio de Abogados de Caaguazú

Esta Asamblea dejo constancia en actas, de que se informará al Ministro Presidente de la Circunscripción Judicial de Caaguazú Raúl Torres Kinser, al Presidente de la Circunscripción Judicial del Caaguazú, Magistrado Feliciano Soto Estigarribia y a la Coordinadora del Juzgado de la ciudad de Caaguazú, Jueza Mariza Centurión para su toma de razón.

COMENTARIOS