Perfiles falsos no constituyen delito, indicó fiscal

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Silvana Otazú, fiscal de Delitos Informáticos, informó que el perfil falso en si no se estipula como delito. Refirió que en los casos de denuncias,  se elabora un acta, se verifica el correo, se verifica el IP de la computadora y añadió que lo que se puede hacer aconsejar para que el afectado realice una querella.

Destacó que con las empresas de telefonía que prestan el servicio es muy difícil llegar a la persona debido a que constantemente migran de dirección IP, no así así con COPACO que brinda un IP único, lo que hace más accesible corroborar los datos.

En los casos de difamación a través de las redes sociales, la Fiscalía no puede intervenir debido a que es un delito de carácter privado, y solamente pueden asesorar para que realice una denuncia, detalló la agente del Ministerio Público.

En los casos de difamación a través de las redes sociales, la Fiscalía no puede intervenir debido a que es un delito de carácter privado, y solamente pueden asesorar para que realice una denuncia, a excepción de los hackeos, que ya forman parte de los catálogos de hechos punibles, detalló la agente del Ministerio Público.

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