The Fenders: Casañas Levi dice que no hay hecho punible para imputación

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El abogado José Casañas Levi explicó que en las declaraciones de Leonardo González Armoa, vocalista de The Fenders, sobre supuesto consumo de drogas y estupro no existió ningún hecho punible y que la imputación en su contra es un error del Ministerio Público.

El artista Leonardo González Armoa, integrante del grupo musical The Fenders, fue imputado por la Fiscalía por incitación a cometer hechos punibles y apología del delito, tras sus polémicas declaraciones sobre consumo de drogas y estupro. Ante este proceso, el abogado José Casañas Levi afirma que no hubo ningún hecho punible.

«Puede ser muy simpático que esté procesado hoy, pero cualquier juez que tenga dos dedos de frente le va sobreseer en menos de tres meses, porque no hay hecho punible y, entonces, el efecto que se va generar es peor de lo que se está buscando», manifestó el abogado este lunes en comunicación con NoticiasPy y Radio Monumental 1080 AM.

 

Explicó que vio la entrevista realizada al músico el 2 de febrero pasado en el programa El Gran Show, de Latele, y para él no se trata de una apología del delito debido a que la respuesta del artista no hace referencia a un crimen, como describe el Código Penal en su artículo 238.

«El estupro es mantener relaciones extramaritales con una mujer entre 14 y 16 años, no es una violación, no es una coacción y eso el código considera delito. Ese hecho, si él hubiese incitado, no podría ser incursado dentro de apología porque no es un crimen (sic)» , sostuvo.

Afirmó, además, que las respuestas del músico, ante las preguntas del conductor Sebastián Rodríguez, son en tono jocoso. «Todos los que están ahí en esa entrevista se ríen, la incitación a cometer un hecho es fomentar en la población a que se cometa eso», refirió.

Declaraciones deben ser investigadas en otro ámbito

El abogado explicó que sus declaraciones deberían ser investigadas por el Ministerio de la Juventud o el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, pero que su conducta no está encuadrada en el Código Penal.

«Creo que pasa más por el tema del Código de la Niñez y disposiciones que protegen a los niños y adolescentes. Tal vez observamos propaganda de adolescente mucho más violenta y pasan por alto», criticó.

A su criterio, el juez o el fiscal tienen que evaluar concreta y fríamente si es una ley penal la que se violentó o una ley de otra índole, y sobre esa base actuar.

«Es peligroso el camino de empezar a procesar a personas por lo que dicen o lo que hacen si ese no es realmente un delito», concluyó.

El caso

El conductor Sebastián Rodríguez le consultó al vocalista de la banda cómo le nació la intención de cantar La Vaca Lola, a lo que el cantante respondió que fue una improvisación «saludando a la mejor etapa de vida, que es la infancia».

Luego, Rodríguez le preguntó si estaban bajo los efectos del alcohol cuando cantaron por primera vez La vaca Lola, a lo que el artista respondió que no, que ellos consumían «solamente droga» y «mitãkuña de 15 años».

El entrevistador le cuestiona por sus expresiones y le pregunta si tiene hijas, a lo que responde que sí, que la menor tiene 15 años y que «ya está disponible», dejando entrever que está lista para su iniciación sexual.

 

Ante la situación, el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia solicitó a la Fiscalía que intervenga de oficio y que se investigue el caso teniendo en cuenta lo que dictan los artículos 237 y 238 del Código Penal, sobre la incitación a cometer hechos punibles y la apología del delito.

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