La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó este lunes que dispuso que el nuevo Sistema de Gestión Tributaria “Marangatu 2.0” entre en vigencia a partir del miércoles 6 de junio de 2018, según Resolución General N° 129.
La Administración Tributaria dispuso además suspender desde el 29 de mayo hasta el 5 de junio de 2018 la recepción de solicitudes de inscripción, de actualización, de cancelación, de presentación de Declaraciones Juradas u otros documentos, como así también la gestión de timbrados para comprobantes de venta preimpresos, para autorización y renovación de autoimpresores y para máquinas registradoras.
Asimismo, para el mismo periodo, ordenó suspender la expedición de Constancias de No Ser Contribuyente, Microproductor, de Agricultura Familiar, de No Retención de Impuesto, entre otras, el Certificado de Cumplimiento Tributario, la transmisión de comprobantes de retención y facturas virtuales, los pagos en las cajas habilitadas en la Dirección General de Grandes Contribuyentes y cualquier otro trámite que requiera la utilización del Sistema de Gestión Tributaria “Marangatu”.
Igualmente, suspende por el mismo lapso el cómputo de los plazos de todos los procesos que requieran para su trámite la utilización del Sistema Marangatu, tales como fiscalización, cobranzas, devolución de créditos o de repetición de pago indebido o en exceso, franquicias fiscales, sumarios administrativos para la determinación de tributos y para la aplicación de sanciones, así como los recursos de reconsideración.
Informó que entre el 29 de mayo y el 5 junio también se suspenderá de manera excepcional el servicio de Pago Electrónico. Indica que quienes se encuentren obligados a utilizar esta forma de pago podrán abonar durante este tiempo sus obligaciones tributarias pendientes a través de las Entidades Recaudadoras Autorizadas (ERAS), cuya nómina será comunicada por la SET.
ATENCIÓN AL PÚBLICO
La SET dispuso igualmente, de manera excepcional, la suspensión de la atención al público desde el 29 de mayo hasta el 5 de junio de 2018, por lo que las puertas de las oficinas de la SET en todo el país permanecerán cerradas. En esos días se efectuará los trabajos necesarios para comprobar el correcto funcionamiento del nuevo sistema “Marangatu 2.0” para su disponibilización el día 6 de junio de 2018.
Por otro lado, la RG N° 129 dispone la suspensión, desde el día 11 de mayo hasta el 10 de junio de 2018, la recepción de la Documentación Inicial Requerida (DIR) para las solicitudes de Devolución de Créditos Fiscales y de Repetición por Pago Indebido o en Exceso. Durante este tiempo quedará suspendido el cómputo del plazo para la caducidad.
La SET adelanta que habilitará hasta el día 12 de junio de 2018 el plazo para transmitir o reportar los Comprobantes de Retención que fueron generados desde el 24 de mayo hasta el 5 de junio de 2018, a través del software cliente “Tesakã” y los servicios web habilitados para la Dirección General del Tesoro Público, la Dirección Nacional de Aduanas, las Procesadoras de Tarjetas de Crédito y Retail SA.
Finalmente, ordenó que el monto que resulte de la Liquidación Proforma de las retenciones efectuadas y reportadas correspondiente al periodo fiscal mayo de 2018 sea imputado en la cuenta corriente de los Agentes de Retención el 13 de junio de 2018, debiendo realizarse el pago ese mismo día.