El Ministerio del Interior determinó el límite de personas que viajen en vehículos durante la vigencia de la cuarentena inteligente a través de la resolución N° 220, que permite cuatro personas en automóvil o camioneta, dos en motocicletas y una en motocarro.
La resolución se dispone en el marco del Decreto 3.576, “por el cual se establecen medidas por emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional por la pandemia del COVID-19, correspondiente a la Fase 1 de la acuñada cuarentena inteligente».
Asimismo, recuerdan que continuarán vigentes las medidas de prevención y cuidados sanitarios, principalmente el distanciamiento social de al menos dos metros en la vía pública y en ambientes cerrados, para evitar la aglomeración de personas y así prevenir el contagio del COVID-19.
Además establece que la Policía Nacional labrará acta a todo conductor de vehículo que incumpla con esta disposición, comunicando los antecedentes al Ministerio del Interior, que además remitirá los informes al Ministerio de Salud. Las personas que violen esta medida serán pasibles de multas y otras sanciones por transgresión a la cuarentena sanitaria.
La fase 1 de la cuarentena inteligente establece que los exceptuados pueden circular con las debidas identificaciones que respalden sus actividades comerciales y laborales. Específicamente son trabajadores de fábricas, talleres, obras civiles, prestadores de servicios a domicilios como peluqueros o pedicuros, personal de trabajo doméstico, jardineros, cobradores o delivery.
Además, la resolución señala que se exceptúa de lo dispuesto a las fuerzas de seguridad y al personal de salud, en cumplimiento a su misión institucional.