Cuarentena inteligente: Fase 2 amplía normas para actividades físicas

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El Poder Ejecutivo amplió las normas relacionadas a las actividades físicas en el Decreto 3619 que establece las medidas de la fase 2 de la cuarentena inteligente. El documento incluye a personas con discapacidad, extiende la franja horaria permitida y autoriza habilitar más espacios al aire libre.

Con el Decreto 3619, emitido este domingo, se ampliaron las medidas para las actividades físicas en la fase 2 de la cuarentena inteligente, que se inicia este lunes, en el marco de prevención del Covid-19.

En la fase 1 estaba permitido que se hicieran solo en plazas o parques cerrados, de 6.00 a 8.00 los adultos mayores de 60 años, y de 9.00 a 19.00 personas de entre 10 y 59 años, bajo estrictos controles sanitarios para el ingreso.

Ahora será de 5.00 a 10.00 para mayores de 65 años y de 10.30 a 20.00 para los que tengan entre 10 y 64 años. Niños, niñas y adolescentes solo podrán circular para realizar actividades físicas, acompañados de un responsable adulto y evitando la interacción con otros.

El Gobierno Nacional además establece que si un municipio o autoridad nacional puede garantizar el uso de espacios libres o parques públicos y privados de uso exclusivo para la tercera edad, el horario podrá extenderse de 5.00 a 19.00.

Otra cuestión añadida a la cuarentena inteligente es que los mayores de 65 años y personas con discapacidad, que requieran de asistencia, podrán ser acompañados por alguien con mayoría de edad para las actividades físicas.

Más espacios al aire libre
Otra norma nueva que se incorpora en el presente documento es que los municipios podrán habilitar -aparte de plazas y parques- otros espacios de esparcimiento al aire libre donde se pueda asegurar el distanciamiento físico en la franja horaria permitida. Por ejemplo, el cierre temporal de algunas calles solo para uso peatonal.

Los clubes sociales y deportivos podrán operar únicamente si cuentan con espacios al aire libre a ser destinados únicamente para la actividad física individual, siguiendo el protocolo autorizado por el Ministerio de Salud Pública. Todas las demás áreas de estos lugares permanecerán cerradas al público.

En este sentido, el Poder Ejecutivo decretó que los atletas de alto rendimiento y seleccionados nacionales deberán ser habilitados para la práctica deportiva individual por la federación o entidad deportiva nacional a la que pertenecen en coordinación con la Secretaría Nacional de Deportes (SND).

Los deportistas podrán realizar sus actividades en sitios expresamente habilitados para sus entrenamientos, cumpliendo también con las recomendaciones de la cartera sanitaria, para evitar la propagación del coronavirus en el territorio nacional.

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