Promueven atención especializada de la niñez y la adolescencia

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Mediante el cumplimiento de los derechos en todos los servicios de salud, la promoción de denuncias sobre la violación de derechos y la protección contra toda forma de explotación.

En el aniversario por la Convención sobre los Derechos del Niño, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social reafirma su compromiso para avanzar hacia la plena vigencia de los derechos, teniendo como principio rector en todas las actuaciones, el interés superior del niño, que asegura el desarrollo integral del niño, niña o adolescente, así como el ejercicio y disfrute pleno de sus derechos y garantías.

Esto implica, por un lado, garantizar los derechos en todos los servicios de salud y, por otro, promover la denuncia de los casos de violación de derechos que llegan a conocimiento.

En este sentido, la Dirección de Salud Integral de la Niñez y la Adolescencia (DIRSINA), dependiente de la Dirección General del Programas de Salud, trabaja activamente en promover e incorporar el enfoque de derechos humanos en las Normas y lineamientos relacionadas a la atención de la niñez y la adolescencia, específicamente en el ámbito de la salud.

Entre ellos se pueden mencionar: el derecho a la familia, derecho a la Salud, a la obligación de la atención médica, a la identidad, a ser protegidos contra toda forma de explotación, entre otros.

De esta manera los profesionales de la salud en su quehacer cotidiano, aplican prácticas de buen trato y calidad en la atención, se constituyen en facilitadores y garantes de la vigencia de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como también a dar respuestas adecuadas ante posibles situaciones de vulneración de derechos.

Paraguay comprometido con la salud de niñas, niños y adolescentes 

Paraguay está comprometido a alcanzar el más alto nivel de salud para las niñas, niños y adolescentes, conforme a la Constitución Nacional (Artículo 68), a la Convención de los Derechos del Niño de 1989 (Artículo 24) y al Código de la Niñez y la Adolescencia (Articulo 13 y concordantes) entre otros convenios y leyes que obligan al Estado a garantizar la salud como un derecho fundamental de la persona.

Es importante señalar que la convención fue aprobada el 20 de noviembre de 1989, por la Asamblea General de Organización de las Naciones Unidas (ONU) y ratificada por el Estado paraguayo en 1990. 

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