Fiscalía apela condena a cuatro años de cárcel de Justo Cárdenas

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La Fiscalía apeló este jueves la condena de solo cuatro años para el político colorado Justo Pastor Cárdenas por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

La fiscala Natalia Fúster presentó un recurso de apelación especial en la causa del ex titular del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert) Justo Pastor Cárdenas, sobre enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, tras la condena de cuatro años de cárcel dictada el pasado 9 de abril.

La sentencia ahora apelada por el Ministerio Público fue dictada por el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Manuel Aguirre Rodas, Rossana Maldonado y Blanca Gorostiaga.

 

En la apelación, la Fiscalía solicita la revocación parcial, a los efectos de que un nuevo Tribunal de Sentencia realice un nuevo juicio oral sobre la medición de la pena.

Para la fiscala Fúster, la condena contra Cárdenas es «irrisoria» ya que en el juicio se comprobó que se enriqueció ilícitamente dentro de la función pública, «ocultando sumas de dinero, provenientes de un hecho antijurídico, integrando capital social tanto a su nombre como al de su madre e hijos, disimulando la procedencia y la adquisición de inmuebles».

La fiscala Fúster manifiesta que no existe racionalidad en el accionar del Tribunal, al dar por comprobados los hechos y establecer la condena teniendo en cuenta que, de acuerdo a los hechos punibles, la expectativa de pena privativa de libertad es de hasta 15 años.

En el juicio oral y público fueron absueltos Allan Cárdenas Rodríguez, Justo Cárdenas Pappalardo y Alexandra Cárdenas Pappalardo, hijos del ex titular del Indert, y se levantaron las medidas cautelares contra ellos.

El Tribunal de Sentencia también dispuso el comiso especial de varios inmuebles y acciones de la empresa Agro Ganadera JPC.

El Ministerio Público había solicitado 11 años de prisión para Justo Cárdenas, 2 años y medio para Justo Cárdenas Pappalardo, 2 años para Alexandra Cárdenas Pappalardo y 1 año para Allan Cárdenas Rodríguez. Por su parte, la defensa de los acusados había solicitado la absolución de los mismos.

En sus alegatos finales Fúster había señalado que se acreditó en el juicio oral que Justo Cárdenas adquirió automotores e inmuebles, constituyó diversos certificados de depósito de ahorros en el sistema financiero y ocultó sumas de dinero. Además, afirmó que los hijos le ayudaron en los hechos de lavado de dinero.

A Cárdenas y a su familia se les detectó una diferencia de G. 4.164 millones, que no pudieron justificar, según la acusación de la Fiscalía.

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