IPS recuerda que familiares de asegurados fallecidos pueden cobrar una indemnización

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El gerente de Prestaciones Económicas del IPS, Pedro Halley, recordó esta mañana que las
parejas, hijos o padres dependientes de un aportante fallecido pueden cobrar una
indemnización que varía dependiendo de la antigüedad. Además, estimó que la cantidad de
trabajadores suspendidos se elevará a 30.000 en el mes de mayo, debido a las nuevas
restricciones.

Debido a que se está registrando un alto número de fallecidos por COVID-19, Halley señaló que también muchos aportantes y jubilados del Instituto de Previsión Social han perdido la vida en las últimas semanas. Por ese motivo, recordó que existe una indemnización para los familiares, que puede servir para hacer frente a los múltiples gastos que se generan.
Explicó que si el fallecido es un trabajador con hasta 15 años de aporte, el familiar más cercano puede cobrar una indemnización única del seguro social, que equivale al salario mínimo vigente, multiplicado por cada año de antigüedad. Ese pago pueden recibir los concubinos, esposos, hijos o hasta padres, si eran dependientes de la persona que perdió la vida.

Mientras que los familiares de trabajadores que tenían más de 15 años de aporte pasan a cobrar una pensión al heredero, que implica el cobro mensual del 60% de la jubilación a la que habría tenido derecho la persona fallecida. Ese mismo porcentaje cobran los parientes de jubilados. “Se genera automáticamente la pensión a favor de los herederos, del 60% de lo que ya recibía el jubilado”, puntualizó Halley.

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