Llamadas extorsivas para cobrar deudas: a qué se exponen las empresas “hostigadoras”

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SEDECO tiene potestad para sancionar a las empresas que realizan llamadas extorsivas. Foto: ilustrativa.

La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO) tiene atribución para sancionar a aquellas empresas que hostigan a clientes con llamadas extorsivas para exigir el pago de deudas.

Continuamente se registran casos de personas que son víctimas de acoso y hostigamiento por parte de empresas de cobranza, a fin de exigirles el cumplimiento de sus obligaciones financieras.

A través de la Resolución 1733/22, la SEDECO se encuentra facultada a tomar intervención en esta clase de situaciones y recepcionar las denuncias, ya que estas se consideran como “prácticas abusivas”.

QUÉ SE CONSIDERAN “PRÁCTICAS ABUSIVAS”

Dentro de las “prácticas abusivas” se incluye cualquier tipo de comunicación (llamadas o mensajes) efectuada fuera del horario laboral (de 08:00 a 18:00 hs de lunes a viernes y de 08:00 a 12:00 hs los sábados), así también los reclamos de deudas realizados a terceras personas, sean estos familiares, allegados o personal de la empresa donde trabaja el deudor.

Gustavo Benítez, director de Asuntos Jurídicos de la SEDECO, en contacto con HOY confirmó que varias empresas ya fueron sancionadas por este tipo de conductas que atentan contra los consumidores y usuarios, ya que pueden catalogarse como un hostigamiento.

Si bien las empresas están facultadas a hacer sus reclamos por deudas pendientes de pago, resaltó la importancia de respetar la privacidad de las personas y no caer en conductas que rozan la extorsión.

PROCESO AL HACER UNA DENUNCIA

En caso de ser víctima de un episodio de este tipo, la persona primeramente debe formalizar su reclamo ante la SEDECO y posteriormente la institución traslada dicho reclamo a la empresa denunciada para que esta dé su versión. Luego de ello, se convoca a las partes para una conciliación y, en caso de no llegar a un acuerdo, la denuncia pasa a la Dirección Jurídica para seguir su curso.

Benítez enfatizó que las firmas denunciadas tienen posibilidad de apelar una eventual sanción o presentar algún recurso para defenderse, antes de que la sanción sea aplicada por SEDECO.

Los datos de las empresas denunciadas por hostigamiento no son divulgados sino hasta tanto la sanción quede firme y ejecutoriada, explicó. En estos casos, las multas pueden ir de 20 hasta 10.000 jornales mínimos.

CANALES HABILITADOS PARA DENUNCIAS

Las personas que deseen realizar denuncias por llamadas extorsivas pueden contactar al (0800) 118-899 o al WhatsApp 0961 940 710. Así también, se encuentran habilitadas las cuentas en redes sociales  @sedecopy y la página web www.sedeco.gov.py, en la sección “Reclamos”.

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