Abren inscripción para subsidio del empleo informal o por cuenta propia

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Desde el Ministerio de Hacienda informaron que mañana se lanzará oficialmente la plataforma online para que desde el miércoles los trabajadores informales y los cuentapropistas puedan inscribirse para recibir la ayuda de G. 548 mill que dará el Estado para este sector. Estiman que el subsidio llegará a alrededor de un millón y medio de personas.

El viceministro de Economía, Humberto Colmán, informó que ya está elaborada la reglamentación para los subsidios a los trabajadores que dejaron de tener ingresos desde que se adoptaron las medidas de aislamiento para prevenir el contagio del coronavirus.

“Obviamente hay cuestiones operativas que ajustar, estamos hablando de un universo de personas potencialmente beneficiarias que ronda los 1.500.000 o más. Los que reciban este beneficio deben ser adultos mayores de 18 años, no deben ser beneficiarios de programas sociales o pensionado funcionario público, puede recibir en un mismo núcleo familiar hasta dos personas y son trasferencia por cada persona, con lo cual estamos hablando prácticamente de un salario mínimo por familia por este periodo”, explicó.

Comán enfatizó que, en principio, se priorizará a los sectores más vulnerables, los cuentapropistas, así como los micro y pequeños empresarios. Además dijo que las micro, pequeñas y medianas empresas que emplean a trabajadores que no están en la previsional, pueden beneficiarse. El primer desembolso se realizará luego de Semana Santa.

Cabe mencionar que el decreto reglamentario de la Ley de Emergencia Sanitaria establece que los desembolsos para los segmentos mencionados estarán a cargo del Ministerio de Hacienda, mientras que la asistencia para los cotizantes del seguro social estará a cargo del Instituto de Previsión social (IPS).

Además, según el decreto podrán ser beneficiarios también empleados domésticos y de la agricultura familiar que no coticen a la seguridad Social, que estén o no inscriptos en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la SET, y que no estén alcanzados por el Impuesto a la Renta Personal (IRP).

Esta asistencia de carácter económico es de duración temporal y el monto representa el 25% del salario mínimo legal vigente, es decir, la suma de G. 548 mil, el cual podrá ser otorgado hasta en dos ocasiones, y del mismo monto sujeto a disponibilidad. El segundo pago será autorizado por resolución del Ministerio de Hacienda.

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