Fiscalía pide nulidad de leve condena a Óscar González Daher y un nuevo juicio

345

El Ministerio Público presentó este martes una apelación contra la sentencia del Tribunal que otorgó una leve condena al ex senador Óscar González Daher y otros procesados en el caso de los audios filtrados, pidiendo su nulidad y un nuevo juicio oral.

El Tribunal que sentenció las leves condenas de Óscar González Daher, Raúl Fernández Lippmann y Carmelo Caballero en el caso de los audios filtrados había sostenido en su momento que la causa tuvo «una deficiencia fiscal» porque los investigadores no pudieron probar el hecho de asociación criminal.

El Ministerio Público apeló la sentencia impuesta por el Tribunal en el juicio oral a los tres procesados, según se conoció este martes.

 

A través de la apelación, los agentes fiscales Natalia Fuster, Rodrigo Estigarribia y Susy Riquelme solicitaron la nulidad de la sentencia y la realización de un nuevo juicio oral por mala aplicación de las leyes.

Argumentaron la violación del principio lógico, fundamentaciones contradictorias, omisión de pruebas, resolución judicial arbitraria en la presente causa, incongruencia, parte resolutiva incompleta, subsunción errónea del hecho y falta de valoración de pruebas instrumentales.

Además, vicios del procedimiento y fundamentación insuficiente en la medición de la pena, donde por una parte señala la gravedad del caso y por otra parte, aplica solo dos años de pena, cuando en la sentencia expresan que el reproche de los acusados es alto.

El Tribunal había condenado por tráfico de influencia el 28 de diciembre pasado al ex senador y titular del Jurado de Enjuiciamiento (JEM) Óscar González Daher a dos años de prisión; el ex secretario del JEM Raúl Fernández Lippmann recibió la misma pena; mientras que el ex ministro del Interior Carmelo Caballero obtuvo una pena de 1 año y 8 meses de cárcel.

Asimismo, los jueces los beneficiaron con la suspensión a prueba de la ejecución de la condena, por lo que ninguno deberá ir a prisión. No obstante, no podrán ejercer cargos en la función pública por un periodo de siete años.

El tráfico de influencia es el único hecho tipificado y causa que prosperó en el juicio oral y público, ya que los encausados fueron absueltos por asociación criminal. Zúñiga aseguró en una entrevista concedida a radio Monumental 1080 AM a finales del año pasado que no hubo hechos que pudieran probar dicha acusación.

El Tribunal estuvo conformado por los jueces Juan Carlos Zárate, Héctor Capurro y María Fernanda de Zúñiga.

COMENTARIOS