Efraín Alegre cumplirá prisión preventiva en la Agrupación Especializada

340

La ministra de Justicia, Cecilia Pérez, dispuso que el presidente del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), Efraín Alegre, cumpla su prisión preventiva en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional, en donde está recluido desde la semana pasada.

Cecilia Pérez envió una nota a la jueza Cynthia Paola Lovera Brítez, del Juzgado Penal de Garantías 3, en la cual le informó que, tras conversaciones mantenidas con el comandante de la Policía Nacional, Francisco Resquín, y en cumplimiento de la orden judicial que refiere que guarde reclusión en el establecimiento penitenciario más adecuado, fue acordado entre ambas instituciones que el imputado guarde reclusión en la Agrupación Especializada.

Esto mientras dure la medida de prisión preventiva, considerando de que dicha dependencia policial ya procedió a la asignación de un espacio para el mismo.

El texto señaló que la cartera de Estado, en virtud de la declaración de emergencia sanitaria dispuesta ante la pandemia del Covid-19, dispuso de medidas preventivas previas a la recepción de nuevas personas imputadas con orden de prisión preventiva, estableciéndose la realización de una cuarentena antes de la derivación a alguno de los centros penitenciarios, así como el resultado negativo para dichos nuevos ingresos.

En el marco de dichas medidas sanitarias preventivas establecidas por el Ministerio de Justicia, Efraín Alegre había sido derivado a la sede de la Agrupación Especializada, dependencia a cargo de la Comandancia de la Policía Nacional, a fin de guardar reclusión.

Alegre está recluido en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional tras decretarse su prisión preventiva por parte de la jueza Cinthia Lovera, a raíz de una causa iniciada en 2020 en la que se denuncia al titular del PLRA como parte de un esquema de facturas falsas utilizadas en las pasadas elecciones presidenciales. La inconsistencia sería por valor de G. 98 millones.

 

El titular del PLRA está imputado por los supuestos hechos punibles de producción de documentos no auténticos, producción y uso de documentos públicos de contenido falso.

COMENTARIOS