Juez rechaza recurso de la defensa de Ramón González Daher

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El 11 de febrero pasado la fiscala María Alejandra Savorgnan imputó por testimonio falso a Ramón González Daher.

El Juzgado de Garantías rechazó este miércoles el recurso de la defensa de Ramón González Daher, contra la admisión del acta de imputación por testimonio falso, en un caso relacionado a la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol).

El juez de Garantías Raúl Florentín rechazó este miércoles el recurso de reposición que planteó la defensa del empresario Ramón González Daher contra la admisión del acta de imputación en el caso de testimonio falso.

Posteriormente, el magistrado dio trámite a la apelación subsidiaria y ahora el Tribunal de Apelación revisará la cuestión, informó Raúl Ramírez, periodista de Última Hora.

El magistrado alegó que «no es el momento procesal oportuno para dirimir las circunstancias que hacen al fondo de la cuestión que se pretende debatir en un estado incipiente de la investigación, atendiendo a la finalidad misma de la etapa procesal, conforme lo establece el Artículo 279 del Código Procesal Penal».

La defensa sostiene que en el acta de imputación, presentada el 11 de febrero pasado por la fiscala María Alejandra Savorgnan contra González Daher por testimonio falso, no existe una descripción detallada de los hechos, por lo que solicita que se devuelva la imputación a la Fiscalía.

Según el acta de imputación, se tiene la sospecha de que González Daher, en fecha 27 de mayo de 2017, en el marco del juicio oral y público, realizado en el expediente judicial 108/2019, caratulado «José Alberto Medina Sagalés sobre calumnia, difamación e injuria», habría prestado declaración ante la jueza María Fernanda García de Zúñiga.

En aquella oportunidad, al ser preguntado por la querella acerca del motivo de su salida como vicepresidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol, había manifestado que fue denunciado ante la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), que de ahí pasó a la Federación Internacional de Fútbol Asociado, que para no continuar con el pleito tuvo que renunciar como vicepresidente.

Había referido, además, que existía una animadversión en su contra por parte de la Confederación Sudamericana de Fútbol, y que no se le hizo llegar notificación alguna de la decisión tomada, creyendo él que fue por su renuncia a la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF), según la imputación.

Sin embargo, con dicha declaración «habría faltado a la verdad», ya que el mismo no fue denunciado ante la Confederación Sudamericana de Fútbol, y menos que su salida se debió a una renuncia presentada por su parte; sino que habría sido sometido a un examen de idoneidad e integridad, como exigencia de la Confederación Sudamericana de Fútbol y la Federación Internacional de Fútbol Asociado, para integrar la Comisión Directiva de la Asociación Paraguaya de Fútbol.

En realidad, su salida se debió por haber reprobado dicha prueba, resolviéndose, en consecuencia, su inhabilitación para ocupar el cargo de vicepresidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF), afectándose con ello a su credibilidad como testigo y la valoración por parte del Tribunal de Sentencia.

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