Morosos quedarán sin registro de conducir

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Desde hoy comienza a regir la ley 5415/15, mediante la cual aquellas personas que figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), no podrán acceder a registros de conducir.

El Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, la Corte Suprema de Justicia y la OPACI (Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal), comunicaron que, a partir de hoy jueves 11 de abril del 2024, se hará efectiva la Ley N° 5415/15 en todos los municipios del país.

Esta medida permitirá vincular la información del Registro de Deudores Alimentarios Morosos REDAM, dependiente del Poder Judicial, al banco de datos de las municipalidades, lo cual implica que madres y padres morosos registrados en el REDAM no puedan acceder a la provisión de registro de conducir otorgados por los municipios.

“Deudor alimentario moroso” es la persona responsable del cumplimiento de una obligación alimentaria derivada de una sentencia firme o convenio judicialmente homologado, que incurriera en mora en el pago de tres o más cuotas sucesivas o alternadas. A través de la Ley N° 5415/15 se crea el REDAM, como mecanismo de control del incumplimiento del deber legal alimentario.

Fuente: HOY

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