Uso de la pensión alimentaria: cómo garantizar correcta inversión

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La jueza de la Niñez y Adolescencia, Pili Rodríguez, indicó que un padre o una madre que paga la pensión alimentaria puede corroborar que el dinero sea correctamente invertido, al estar presente en la rutina diaria e involucrarse más en la crianza del menor.

A raíz de la entrada en vigencia de la ley 5415/15, mediante la cual aquellas personas que figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), no podrán acceder a registros de conducir, la jueza de la Niñez y la Adolescencia, Lili Rodríguez, fue consultada por la radio 650 AM sobre cómo un progenitor garantiza que el aporte dado vaya a parar a su hijo.

La magistrada señaló que es fácil comprobar que la plata dada sea utilizada en el niño, el mismo progenitor puede constatar haciéndose cargo de las responsabilidades que lleva el día a día.

“Hay situaciones que no esperan, a veces la madre hace todo lo que tiene que invertir de sus propios recursos y después llega la asistencia alimentaria y obviamente ya distribuyen. Es importante involucrarse en la rutina, la que vive como el niño es como una administradora y obviamente tienen la obligación de distribuir el dinero, porque lo que se paga por asistencia alimentaria es para invertir en el niño justamente. Lo ideal es conversar que esa responsabilidad, más allá del moneda a moneda, sea la presencia paterna en la vida de cada niño y de cada niña”, expuso de manera clara.

Ayer, el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, la Corte Suprema de Justicia y la OPACI (Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal), comunicaron que, a partir del jueves 11 de abril del 2024, se hizo efectiva la Ley N° 5415/15 en todos los municipios del país.

Esta medida permite vincular la información del Registro de Deudores Alimentarios Morosos REDAM, dependiente del Poder Judicial, al banco de datos de las municipalidades, lo cual implica que madres y padres morosos registrados en el REDAM no puedan acceder a la provisión de registro de conducir otorgados por los municipios.

Al respecto, Óscar Cabrera, presidente de la OPACI, indicó a la misma emisora que la organización a su cargo posee un sistema que está entrelazado con todos los municipios que expiden registros, y que ahora se acordó con la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio de la Niñez entrelazar ese sistema con el REDAM.

“El REDAM se creó en el 2015 y en el 2020 se modificó esa Ley en el artículo 9 específicamente, en el cual se requiere primero el certificado de antecedentes de deudores morosos para la obtención de licencias y permisos de conducir. Lo que hicimos ahora es que los dos sistemas se entrelacen y automáticamente, al ir un moroso a solicitar una renovación o una licencia de conducir, ya salta que es un deudor moroso y no puede acceder a los registros”, señaló.

Fuente: HOY

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